jueves 24 abril 2025 4:45 PM
Redactor : Alejandra López Lizalde
Del primero de abril al 30 de mayo, las empresas deben para hacer el pago de utilidades a sus trabajadores. Este beneficio laboral es la obligación que tienen dichas empresas o negocios hacia sus colaboradores y consiste en compartirles parte de las ganancias generadas en cada año.
En tanto, el pago de utilidades debe realizarse a más tardar el 29 de junio para quienes trabajan para una persona física (patrón). Cada año las y los trabajadores deben recibir una parte proporcional de las ganancias que la empresa genera y se determinan por la mitad de los días trabajados, mientras que la otra mitad corresponde al monto de los salarios percibidos.
Los que tienen el derecho de participar en la repartición de utilidades son aquellos que hayan laborado al menos 60 días en empresas con utilidades netas de 300,000 pesos o más, y que tengan más de un año en funcionamiento.
Este derecho aplica incluso si el trabajador ya no labora en la empresa, es decir, que si el año pasado trabajó más de tres meses en alguna compañía y esta hace repartición de utilidades, entonces debería corresponderle al exempleado una parte de ellas.
Si un trabajador no recibe esta prestación o se le paga de forma incompleta, tiene un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida, para reclamar el pago de las utilidades.
Fuente: El Economista/JCG/Foto: Freepik
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