martes 9 junio 2026 5:00 PM
Redactor : Jaime del Valle
El Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), celebró una sesión extraordinaria, donde resolvieron el Procedimiento Especial Sancionador PES/014/2026, mediante el cual se declaró la inexistencia de la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, así como del uso indebido de recursos públicos, atribuidos a Rafael Elías Sánchez Cabrales, Secretario de Movilidad (Semovi) del Gobierno de Tabasco.
El PRD Tabasco acusó que el funcionario estatal habría vulnerado el principio de imparcialidad en el uso de recursos públicos, luego de que, durante una conferencia matutina encabezada por el gobernador de Tabasco, Javier May Rodríguez, realizara descalificaciones en contra del partido amarillo, pero los consejeros no encontraron pruebas de estos dichos.
Por su parte Roberto Romero del Valle, representante de Morena ante el IEPCT, respaldó la resolución al señalar que esta derivó de un análisis de fondo de las constancias que integran el expediente y no de una determinación automática.
Durante su intervención, sostuvo que las pruebas presentadas por el PRD Tabasco carecían de idoneidad y suficiencia probatoria, ya que los enlaces electrónicos aportados resultaron inaccesibles y las capturas de pantalla únicamente constituyeron indicios simples, insuficientes para acreditar una infracción electoral o demostrar la autoría y el contexto de las expresiones denunciadas.
Asimismo, el representante partidista precisó que la carga de la prueba correspondía a la parte quejosa, la cual, afirmó, no logró especificar qué recursos públicos habrían sido utilizados ni de qué manera se afectó la equidad de la contienda.
Romero del Valle enfatizó que la calidad de servidor público no genera por sí misma una presunción de responsabilidad y reiteró que su respaldo al proyecto se fundamenta en los principios de legalidad, presunción de inocencia, sana crítica y certeza jurídica.
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