jueves 8 enero 2026 9:58 AM
Redactor : Yazmín Espinoza
Aunque la Constitución establece la obligación de pagar contribuciones, el Colegio de Abogados Tabasqueños advirtió que en la entidad autoridades estatales y municipales incurren en cobros ilegales al exigir adeudos prescritos y aplicar requisitos sin sustento legal.
Sergio Antonio Reyes, integrante del colegiado puntualizó que de acuerdo con el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Federal, los ciudadanos deben contribuir al gasto público; sin embargo, esta facultad no es absoluta. En el ámbito estatal, el Código Fiscal de Tabasco señala en su artículo 116 que los créditos fiscales prescriben a los cinco años, límite que debe respetarse en cualquier contribución estatal o municipal.
Pese a ello, se detectó que ayuntamientos pretenden cobrar impuestos como el predial más allá de ese plazo, además de ofrecer descuentos, sorteos o premios calculados sobre adeudos ya prescritos. También se reporta la exigencia indebida de multas y gastos de ejecución sin haber iniciado previamente el procedimiento administrativo correspondiente.
Situación similar se presenta en el actual proceso de reemplacamiento vehicular, donde se advierte que no deben exigirse multas o créditos fiscales con más de cinco años de antigüedad como requisito para realizar el trámite.
Otro caso señalado es la exigencia de actas de nacimiento “actualizadas”, pese a que el Código Civil no establece caducidad de estos documentos. En el municipio de Centro, expuso que se condiciona la inscripción de sentencias de divorcio a la presentación de actas recientes expedidas únicamente por autoridades locales o estatales, rechazando las obtenidas por plataformas federales con certificación electrónica.
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