jueves 28 noviembre 2024 4:48 AM
Redactor : María Albert Hdez
Con 26 votos a favor y 7 en contra, el Congreso de Tabasco fue el primero en aprobar la Minuta con proyecto de Decreto que reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prisión preventiva oficiosa.
Tras convocar a receso en la sesión ordinaria efectuada la noche del miércoles, el presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Tabasco, Marcos Rosendo Medina Filigrana, declaró renudados los trabajos después de la media noche.
Esta minuta establece que se amplía el catálogo de delitos en los que proceda la prisión preventiva oficiosa, tales como delitos de extorsión y los previstos en las leyes aplicables realizados para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados.
La reforma también indica que el juez podrá ordenar prisión preventiva en los delitos graves que atenten contra de la salud, el libre desarrollo de la personalidad, contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales.
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