jueves 6 mayo 2021 8:41 PM
Redactor : María Albert Hdez
La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo CE120211036 del Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco.
Esto sobre la procedencia de las solicitudes de registro supletorio para las candidaturas a presidencias municipales y regidurías por el principio de mayoría relativa, postuladas por los partidos políticos, en donde se modificó oficiosamente la planilla de candidaturas presentadas en los municipios de Centla y Jalpa de Méndez, por Movimiento Ciudadano (MC).
Lo anterior, debido a que el cambio se realizó sin respetar la garantía de audiencia de MC, es decir, los magistrados consideraron que el IEPCT no tenía facultades para mover las planillas sin dar tiempo suficiente al partido para que lo hiciera según sus consideraciones.
En el caso de Centla el candidato era Saúl Armando Rodríguez, pero fue sustituido por Alondra del Pilar Medellín Fabre, situación que causó molestia al interior del instituto político. Incluso Gerardo Gaudiano emitió declaraciones contra el IEPCT por haber hecho tal modificación.
Ahora MC tendrá que ajustar sus candidaturas, pero respetando los lineamientos de paridad vigentes.
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