TET revoca acuerdo del IEPCT sobre negativa de registro de nuevo partido

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lunes 29 junio 2026 2:15 PM

Redactor : Jaime del Valle

El Tribunal Electoral de Tabasco (TET), revocó por unanimidad el acuerdo CE/2026/025, en el que el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), rechazó la solicitud de la asociación civil “Unión Democrática por Tabasco”, para convertirse en partido político local.

Por lo que dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al en que sea notificada la presente ejecutoria, el órgano electoral debe emitiruna nueva determinación en la que, atendiendo a los razonamientos vertidos en el fallo, realice un estudio exhaustivo, congruente, fundado y motivado sobre cada uno de los agravios analizados por los magistrados.

En la sesión pública de este lunes de este lunes 29 de junio, los magistrados resolvieron un recurso de apelación y un juicio de la ciudadanía, interpuestos por Morena y la asociación civil donde ambos sostenían que el IEPCT omitió emitir una resolución exhaustiva, congruente, fundada y motivada.

Respecto a la impugnación promovida por la asociación de Humberto de los Santos Bertruy, la agrupación sostuvo que la negativa de su registro como partido se fundó en consideraciones genéricas sobre irregularidades relacionadas con la documentación, registro y la valuación de aportaciones en especie, impidiendo conocer las razones específicas que le permitieran ejercer una adecuada defensa.

En este sentido, el magistrado presidente del TET y ponente del proyecto, Oswald Lara Borges, dio la razón a la agrupación civil.

Por lo que la autoridad está obligada a precisar qué aportaciones específicas se encontraban respaldadas con recibos simples, cuáles carecían de comprobantes, qué contratos resultaban incompletos y cuáles eran los elementos faltantes que impedían otorgarles validez.

Así mismo destacó que al emitir consideraciones genéricas sobre las deficiencias detectadas, el órgano electoral dejó a la asociación en estado de indefensión, vulnerando así los principios de legalidad y seguridad jurídica.

En cuanto al recurso de apelación presentada por Morena, éste denunció diversas inconsistencias, entre ellos que el IEPCT vulneró los principios de legalidad, certeza y equidad, al validar 15 asambleas distritales -incluida la del Distrito 15, en Huimanguillo- celebrada el mismo día que la Asamblea Estatal Constitutiva; que el organismo omitió analizar el impacto de diversas irregularidades financieras en la validez de las asambleas celebradas, así como el que no se verificó si existieron cruces de datos con padrones sindicales o gremiales, lo cual era indispensable para descartar mecanismos de afiliación corporativa.

TAGS: IEPCT, TABASCO, NUEVOS, PARTIDOS,.TET

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