miércoles 11 febrero 2026 3:38 PM
Redactor : David Vidal
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclaró que la Constancia de Situación Fiscal no representa un requisito obligatorio para que los contribuyentes puedan recibir facturas o para que las empresas realicen el timbrado de la nómina de sus trabajadores.
David Francisco Correa Villamayor, director Desconcentrado de Servicios al Contribuyente, explicó que la postura del organismo recaudador responde a la protección de la privacidad, ya que dicho documento contiene información personal sensible que no es indispensable para las operaciones comerciales o laborales cotidianas.
Como medida para facilitar estos trámites, la autoridad fiscal sugirió el uso de la Cédula de Datos Fiscales, la cual contiene únicamente la información necesaria para la emisión de comprobantes, sin exponer datos privados innecesarios.
El funcionario advirtió que aquellas empresas o establecimientos que condicionen sus servicios o pagos a la entrega obligatoria de la Constancia de Situación Fiscal podrían enfrentar severas repercusiones legales.
Según lo establecido en el artículo 83, fracción IX del Código Fiscal de la Federación, las multas por estas prácticas indebidas oscilan entre los 21 mil y los 121 mil pesos.
Ante la persistencia de estas exigencias en diversos comercios y centros de trabajo, el SAT exhortó a los ciudadanos afectados a no permitir abusos y a presentar las quejas correspondientes a través de los canales oficiales de la institución.
El objetivo es erradicar estas trabas administrativas que carecen de sustento legal y que vulneran la seguridad de los datos de los contribuyentes.
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