Jurisprudencia de la Corte pone fin a restricción en jubilaciones petroleras, señala sindicato

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domingo 18 enero 2026 12:32 PM

Redactor : Jaime del Valle

El Secretario General del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) Sección 44, José de Jesús Zamudio Aguilera informó que tras la emisión de la Jurisprudencia número 2031645 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se pone fin a la interpretación restrictiva del Anexo 16 que afectaba los derechos de retiro de miles de trabajadores petroleros de la república mexicana.

Zamudio Aguilera explicó que el fallo de la Corte y la jurisprudencia establece que Petróleos Mexicanos (Pemex) incurrió en una confusión deliberada al limitar el derecho de elección solo al personal de planta.

Por tal motivo, menciona que el máximo tribunal ha determinado que, sin distinciones, tanto trabajadores de planta como transitorios sindicalizados tienen derecho a optar entre el régimen de jubilación tradicional o el de cuentas individuales (AFORE).

Dijo que con esto, la medida protege a quienes al 31 de diciembre de 2015 registraban una antigüedad menor a 15 años, también se ratifica que el tiempo laborado como transitorio es válido para el cómputo de antigüedad, ya que ambas categorías forman parte del concepto de "trabajador sindicalizado".

Por tal motivo, subraya que, Pemex y sus empresas subsidiarias quedan vinculadas a restablecer el esquema de jubilación a todos los trabajadores afectados; así también a devolver los descuentos realizados por concepto de AFORE en los casos donde la migración fue impuesta sin el consentimiento del trabajador.
 

TAGS: PEMEX, SINDICATO, TABASCO

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