En la primera parte de esta denuncia compartida, señalé la presencia de un fraude que atenta contra la buena fe y, a su vez, genera una crisis de credibilidad en las instituciones.
Es un delito y una violación a la privacidad que un servidor público, sin importar el puesto que ocupe, entregue información personal como números telefónicos de contacto o datos sensibles. En mi caso, además de mis números de contacto, revelaron el fallecimiento de mi familiar a un tercero.
Si lo antes expuesto ya es delicado, más grave es que se reciba dinero a cambio de filtrar datos personales sensibles. Si bien, al tratarse de una práctica recurrente de algunos empleados del hospital del ISSSTE, un modus operandi, pensar en favores o buena voluntad hacia funeraria Méndez resulta ingenuo. La explicación más lógica y verosímil es un acuerdo económico que, en simples y llanas palabras, se traduce como soborno.
¿Hasta dónde llega la responsabilidad?
¿Hasta dónde existe responsabilidad no solo del personal que filtra los datos sino de la institución que solicita al funcionario recabar y dar uso a estos datos personales?
Lo que dice la ley
El artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos define a las personas servidoras públicas como aquellas representantes de elección popular, miembros del Poder Judicial de la Federación, funcionarios y empleados, y, en general, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión o en la Administración Pública Federal. También incluye a organismos con autonomía constitucional. Estas personas son responsables de los actos u omisiones en los que incurran en el desempeño de sus funciones.
Por tanto, los empleados del hospital que filtraron mis datos personales son responsables de violar la Ley de Protección de Datos Personales, y el delito se agrava si se demuestra que reciben una compensación económica por esa información.
En cuanto a la institución, su responsabilidad es garantizar la protección de los datos personales de los derechohabientes.
El ISSSTE está obligado a establecer mecanismos administrativos, técnicos y físicos que protejan los datos personales contra daño, pérdida, alteración, destrucción o uso no autorizado, garantizando su confidencialidad, integridad y disponibilidad.
No hay indicios de que el ISSSTE carezca de medidas de seguridad o que haya sido negligente en la supervisión de su personal. Sin embargo, los hechos demuestran que algunos empleados actúan a escondidas, operan bajo el agua.
Para que el ISSSTE investigue y actúe conforme a la ley, es necesario presentar una denuncia formal por escrito. Si has sido víctima de una situación similar, es fundamental denunciar.
Impunidad y ausencia de regulación
Esta situación no es nueva; lleva años operando en la impunidad y los involucrados no son pocos.
Más lamentable aún es que ninguna autoridad interviene, regula o sanciona a funerarias como Funeraria Méndez, a pesar de que incurre en múltiples delitos cometidos en la llamada que recibí:
Suplantación de identidad o usurpación de funciones, al hacerse pasar por un líder sindical del ISSSTE.
Fraude, al engañar a los familiares de los fallecidos para vender un servicio haciéndose pasar por un trabajador del ISSSTE.
Uso indebido de datos personales, sin el consentimiento del titular.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) se declara incompetente en estos casos. Situaciones que incluyen acoso telefónico, competencia desleal o robo de clientes a otras funerarias no están dentro de sus facultades.
Es imperativo legislar en esta materia. Como mencioné, mi caso no es único ni reciente. En mis indagaciones y entrevistas con personal del ISSSTE, se tiene conocimiento de que esta funeraria y otras más operan de la misma manera, pero no es posible actuar porque esta institución no tiene esa facultad. Además, es importante aclarar que Funeraria Méndez no tiene convenio alguno con el ISSSTE.
En Tabasco, el ISSSTE no cuenta con instalaciones ni servicios funerarios propios. Para apoyar a sus afiliados, realiza acuerdos escritos con funerarias que ofrecen descuentos o precios especiales a los derechohabientes. Sin embargo, estos acuerdos son formales y regulados, no prácticas clandestinas como las que hemos denunciado aquí.
Desafortunadamente, nadie protege a los tabasqueños del acoso de ciertas funerarias, que usan indebidamente datos personales para contactar insistentemente a los deudos con fines comerciales, justo en un momento de vulnerabilidad. Además, al presionarlos para cambiar su decisión sobre qué funeraria contratar, mediante llamadas reiteradas y competencia desleal, refuerzan la naturaleza intrusiva y agresiva de estas prácticas en los hospitales públicos de la entidad.
El problema persiste porque la impunidad lo permite. Mientras las instituciones y autoridades sigan mirando hacia otro lado, esta mafia funeraria seguirá lucrando con el dolor ajeno, acosando a los deudos y violando su derecho a la privacidad con total descaro.
Paseo Usumacinta s/n Esq Ayuntamiento. Col Gil y Sáenz, Villahermosa, Tabasco