miércoles 15 junio 2022 10:09 PM
Redactor : Alejandra López Lizalde
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) facilitará la facturación a las personas físicas y morales que formen parte del nuevo Régimen Simplificado de Confianza (Resico), pues no será necesario contar con la e.firma.
"Las personas que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza podrán emitir sus facturas a través de las aplicaciones 'Factura Fácil' y 'Mi Nómina' de 'Mis Cuentas', sin la necesidad de contar con el certificado de e.firma o de un certificado de sello digital hasta el 31 de diciembre del 2022", señala el fisco en la segunda versión anticipada de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022.
Para los expertos, la medida busca contribuir a la formalidad.
"Quiere precisamente facilitar y hacer atractivo que los contribuyentes estén en este régimen y como la intención es que haya más contribuyentes, que los que están en la economía informal se sumen, lo quieren es hacerlo fácil para que sea más interesante acogerse al mismo y así sumarse a la formalidad", comentó Virginia Ríos, fiscalista y profesora de la Universidad Panamericana.
Adicionalmente, no requerir la e.firma puede facilitar el proceso, sobre todo para quienes no cuentan con ella y tendrían que tramitarla en un contexto en el que escasean citas del SAT.
Ríos recordó que los comprobantes fiscales son obligatorios para llevar el control de ingresos y gastos de los contribuyentes y en ese sentido, la medida es positiva, ya que simplificará este procedimiento.
De acuerdo con el SAT, este nuevo régimen utiliza como base los ingresos facturados y cobrados.
Sin embargo, no se puede deducir ningún tipo de gasto, debido a las bajas tasas impositivas a pagar que son de entre el uno y el 2.5 por ciento de sus ingresos.
Las personas físicas que pueden sumarse a este régimen son aquellas que tienen ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos y realizan actividades empresariales y profesionales, que son parte del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), arriendan inmuebles o se dedican a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras.
Mientras que las personas morales que pueden tributar en el Resico deben estar inscritas en el Régimen General y tener ingresos anuales que no rebasen los 35 millones de pesos.
Hasta el cierre del mes pasado, el Resico contaba con 2 millones 538 mil contribuyentes, entre personas físicas y morales, de acuerdo con cifras del SAT.
Sin embargo, Ramiro Ávalos, vicepresidente de Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), sostuvo que se requiere una mayor difusión de este nuevo régimen porque todavía está lejos de la meta de contar con 12 millones 300 mil contribuyentes.
Fuente:Agencia Reforma/All/Foto:Internet
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