martes 7 octubre 2025 2:00 PM
Redactor : Juan Carlos García
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha aplicado nuevas medidas para controlar el flujo de dinero entre personas físicas y puede aplicar sanciones de hasta 35 mil pesos por depósitos, transferencias, préstamos o donativos que no estén informados en la declaración anual.
El artículo 90 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece que todo ingreso (en efectivo, bienes, créditos o servicios) puede ser considerado acumulable si no se declara correctamente. Esto incluye préstamos, donativos o premios superiores a los 600 mil pesos anuales, aun cuando provengan de familiares o amigos.
Para verificar adeudos o requerimientos, el SAT recomienda a los contribuyentes consultar el Buzón Tributario o su aplicación móvil, aunque también pueden acudir a las oficinas del organismo o comunicarse vía telefónica, ya que si existe un saldo deben pagarse junto con recargos y actualizaciones para evitar cobros o visitas domiciliarias.
El SAT sugiere respaldar cada operación con un contrato firmado (especificando monto, fecha y datos del otorgante), y conservar los comprobantes de transferencias electrónicas o depósitos bancarios como prueba. Los trámites se realizan directamente en el portal del SAT mediante el RFC y la contraseña del Buzón Tributario.
Fuente: adn/jcgm/Foto: X @infobaemexico
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