Emite Gobierno de Tabasco nuevas medidas de restricción ante aumento del contagio de COVID-19

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lunes 14 diciembre 2020 7:28 AM

Redactor : Luis Olan

El Gobierno del Estado de Tabasco emitió este lunes 14 de diciembre un decreto en el cual anunció nuevas medidas para reducir la movilidad de la población ante el aumento de contagios de COVID-19.

Aquí las medidas de restricción:

  • Los establecimientos cuyos giros y actividades han sido considerados como no esenciales, conforme a lo establecido en el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, expedido por el titular de la Secretaría de Salud federal, y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2020; y en el Decreto por el que se emiten medidas y acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19, expedido por el titular del Poder Ejecutivo del Estado, y publicado en el suplemento H, edición número 8094 del Periódico Oficial del Estado el 1 de abril de 2020; podrán operar al 50 por ciento de su capacidad de atención al público siempre que se garantice la sana distancia, exclusivamente de lunes a viernes, en sus horarios habituales de apertura y hasta las 17:00 horas; absteniéndose de realizar eventos que hagan proclive la aglomeración de personas, tales como venta nocturna, liquidación, gran barata y demás de similar naturaleza, los cuales se podrán realizar únicamente en línea o vía telefónica bajo la modalidad de entrega a domicilio.
  • Se ordena el cierre temporal de salones y recintos destinados a la realización de fiestas o eventos, y demás de similar naturaleza, incluyendo los que se encuentren ubicados dentro de los hoteles.
  • Se ordena a la Secretaría de Finanzas para que por razones de interés público y social, restrinja los horarios para la venta y consumo de bebidas alcohólicas en hoteles y restaurantes.
  • Se ordena a la Secretaría de Movilidad para que determine e implemente las medidas y acciones correspondientes, tendientes a reducir la movilidad en el Estado.
  • Las autoridades estatales y municipales en materia de seguridad pública, tránsito vehicular y movilidad, en el ámbito de sus respectivas competencias, vigilarán la observancia de las disposiciones contenidas en el presente Decreto y en caso de su incumplimiento, aplicarán las sanciones que correspondan conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

Las personas físicas y jurídicas que no cumplan con las disposiciones, serán sancionadas. Estas medidas entrarán en vigor a partir de la publicación del decreto.

 

Fuente. Redacción/laor/Foto:Especial

TAGS: Tabasco, Medidas, Acciones, Restricciones, Pandemia, Coronavirus

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