miércoles 6 agosto 2025 5:13 PM
Redactor : Jaime del Valle
La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó el acuerdo plenario emitido por el Tribunal Electoral de Tabasco (TET), en el que se declaró improcedente la solicitud de medidas de protección formuladas en el juicio TET-JI-01/2025-III, por una candidata electa en el proceso elección de juezas y jueces del Poder Judicial local.
Esto debido a que la situación expuesta por la promovente justifica que se deban emitir medidas de protección en favor de su persona, pues el hecho de desempeñarse en un ambiente hostil y posiblemente discriminatorio en su centro de trabajo la coloca en una posición de presunta víctima.
Esto, porque los magistrados del TET omitieron juzgar con perspectiva de género el dictado de su acuerdo, en consecuencia, y en plenitud de jurisdicción, de ahí que la Sala Regional determinó conceder las medidas de protección a la promovente con la finalidad de que se reincorpore a sus labores, en condiciones de igualdad y no discriminación; y libre de violencia.
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