Embargarán Afores a pensionados del IMSS e ISSSTE si incumplen en pensión alimenticia

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viernes 30 enero 2026 9:38 AM

Redactor : Juan Carlos García

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló por unanimidad que permitirá embargar las cuentas Afore de trabajadores y jubilados del IMSS e ISSSTE cuando estos incumplan en el pago de pensión alimenticia.

Con esta resolución derivada del amparo en revisión 652/2024, la Corte estableció que la inembargabilidad de las subcuentas de retiro no es absoluta cuando se vulneran derechos fundamentales, tal como el sustento de menores.

El fallo, que cambiará el manejo de las cuentas de ahorro a partir de febrero de 2026, explica que el embargo procederá únicamente cuando la persona deudora se encuentre desempleada y no cuente con otros bienes legalmente embargables, con el fin de cubrir la obligación alimentaria.

Esto se llevará a cabo como una medida excepcional y sujeta a una evaluación judicial cuidadosa, priorizando siempre la proporcionalidad y la protección de derechos humanos.

Además, el embargo de los fondos no podrá exceder los límites que la ley permite para retiros por desempleo, por lo que solo podrá aplicarse el monto menor entre 75 días del salario básico promedio de los últimos cinco años o el 10% del saldo total de la subcuenta de retiro.

 

Fuente: la silla rota/jcgm/Foto: X @huellasMx_

TAGS: Embargo, Afores, pensionados, IMSS, ISSSTE, pensión, SCJN

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