lunes 17 febrero 2025 1:25 PM
Redactor : Tannia Alcaraz
Las tiendas departamentales no solo venden productos, también ofrecen créditos y préstamos. Ante esto, surge la duda sobre si pueden embargar bienes en caso de impago. La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) aclara qué ocurre en estos casos.
Si un cliente adquiere una deuda con una tienda departamental y no paga, esta se considera "deuda civil", lo que significa que la empresa no puede embargar bienes de inmediato. En su lugar, aplican intereses moratorios, aumentando el monto adeudado.
Las tiendas suelen recurrir a despachos de cobranza que realizan llamadas a cualquier hora, envían mensajes intimidantes o visitan domicilios con amenazas de embargo. Sin embargo, la Condusef advierte que estas prácticas son ilegales y pueden denunciarse si hay amenazas directas de embargo ante la Red de Defensa del Consumidor Financiero.
Para que una tienda pueda embargar bienes, debe obtener una orden judicial y notificar legalmente al deudor. Si el fallo es a su favor, puede embargar cuentas bancarias, autos, pensiones u otros bienes registrados a nombre del deudor.
Fuente: Imagen/dmpm/Foto: Yanalya
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