miércoles 18 noviembre 2020 8:04 PM
Redactor : Alejandra López Lizalde
El Senado de la República aprobó este miércoles una reforma a la Ley de Instituciones de Crédito que otorga a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda la facultad de congelar cuentas bancarias sin una orden judicial.
Con 45 votos a favor y 27 en contra, el Pleno del Senado modificó la minuta enviada por la Cámara de Diputados, y estableció que serán los bancos y no la UIF la que notifique por escrito a las personas que sean incluidas en la lista de cuentas bloqueadas.
Con la adición de un Capítulo X al Título V de la Ley de Instituciones de Crédito, la Secretaría de Hacienda podrá incluir a una persona en la lista de cuentas bloqueadas cuando cuente con indicios suficientes de que se encuentra vinculada con los delitos de financiamiento al terrorismo u operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Los legisladores Alejandro Armenta Mier y Ana Lilia Rivera, quienes presiden las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda, señalaron que el bloqueo de cuentas es constitucional cuando responde al cumplimiento de los procedimientos administrativos emprendidos por Hacienda.
Fuente:24-Horas/All/Foto: Internet
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