miércoles 23 octubre 2024 8:27 AM
Redactor : Rosario Castañón
Se acerca el mes de noviembre y con ellos los alumnos, así como padres de familia esperan varios descansos, ante ello a continuación conoce cuales son los los días feriados que habrá en el mes para que vayas planeando un viaje corto, sola, solo, con amistades o en familia.
Y es que mientras acerca el cierre de año, es cuando más se anhelan los días de descanso; por ello no es de sorprender que muchas y muchos vayan anotando en el calendario qué descansos se avecinan.
Noviembre se presenta con varias oportunidades para disfrutar de un descanso, aunque no todos los días serán oficiales, y es que según la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la ley el único día feriado oficial es el tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre, día en que se celebra la Revolución Mexicana.
Este año, ese feriado será el lunes 18 de noviembre, brindando un puente largo para estudiantes y trabajadores; además la SEP ha señalado que el 29 de noviembre se realizará una sesión ordinaria del Consejo Técnico Escolar, motivo por el cual no habrá clases para los alumnos. Sin embargo, este día no se considera un descanso oficial según la legislación laboral, por lo que solo aplica para el calendario escolar.
Otro puente que podrán disfrutar únicamente las y los estudiantes de educación básica del país ocurrirá el lunes 22 de noviembre, ya que este día se lleva a cabo el ‘registro de calificaciones’, por lo cual no hay clases para los alumnos; de igual forma del 25 al 28 de noviembre, se llevará a cabo la entrega de boletas de evaluación a madres, padres o tutores, pero sin representar días no laborables para los trabajadores.
Cabe agregar que aunque el 1 y 2 de noviembre, por la celebración del Día de Muertos, no están oficialmente reconocidos como días no laborables, algunas instituciones educativas y laborales podrían otorgar estos días como libres, dependiendo de sus políticas internas.
Como se comentó el único día considerado para las y los trabajadores como festivo será el 18 de noviembre, sin embargo, si te toca laborar, en primera instancia los trabajadores y los patrones deberán determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios.
Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado; es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble, explica la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.
Fuente: Radio Fórmula/ Mrcv/ Foto: istockphoto
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