viernes 20 octubre 2023 10:29 AM
Redactor : María José Pola Tellechea
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México informó a los contribuyentes que, a partir de la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, publicada en el Diario Oficial de la Federación , no será necesario proporcionar la Cédula de Identificación Fiscal o la Constancia de Situación Fiscal al proveedor al solicitar el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura en el proceso de compra de productos o la prestación de servicios.
En lugar de requerir la entrega de estos documentos, los contribuyentes que deseen obtener una factura solo estarán obligados a proporcionar verbalmente o por escrito ciertos datos clave. Estos datos incluyen la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal y el uso fiscal que se le dará al comprobante, como gastos en general o adquisición de mercancías.
El CFDI o factura desempeña un papel fundamental en la comprobación de operaciones ante el SAT, ya que contiene información esencial como la descripción del bien adquirido o el servicio prestado, la fecha de la transacción, el costo y los impuestos correspondientes.
Para facilitar este proceso, el SAT ofrece servicios gratuitos de facturación a través de su portal en línea, que se puede encontrar en la siguiente dirección: Portal de Facturación del SAT.
Con esto, el SAT precisó ciertas prácticas fiscales indebidas y, en consecuencia, ha señalado su desaprobación. Las prácticas fiscalmente inadecuadas incluyen:
Condicionar la expedición de facturas a la exhibición de la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal.
Negar la emisión de la factura en el establecimiento o local comercial y transferir al cliente la responsabilidad de generarla, incluso cuando el pago se realice en efectivo.
El SAT está comprometido en garantizar el cumplimiento de las regulaciones fiscales y en promover prácticas comerciales justas y transparentes. Para reportar cualquier caso de estas prácticas fiscales indebidas, el SAT pone a disposición de los contribuyentes los siguientes medios de contacto, disponibles las 24 horas del día, los 365 días del año:
Fuente: IMAGEN/Mjpt/Foto: SAT
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