viernes 20 febrero 2026 8:27 AM
Redactor : Juan Carlos García
La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad ampliar la definición penal del delito de abuso sexual, incluyendo que el silencio o la falta de resistencia por parte de la víctima no puedan interpretarse como un consentimiento.
Con el voto favorable de 431 diputados, el Congreso dio luz verde a la reforma de los artículos 260 y 266 bis del Código Penal Federal en materia de abuso sexual, para ampliar su definición y alcance, así como para fijar nuevas penas.
En un comunicado, la Cámara Baja informó que el texto actualizado establece que este delito lo comete "quien, sin el consentimiento de la víctima y sin el propósito de llegar a la cópula, realice en el ámbito público o privado cualquier acto de naturaleza sexual, la obligue a observarlo, o la haga ejecutarlo sobre sí, para un tercero o para el propio sujeto activo".

Con esta reforma se entiende como acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas. Asimismo, no se considerará consentimiento cuando la voluntad de la persona "haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad".
Además, las penas previstas en caso de abuso sexual irán de tres a siete años de prisión, a la vez que se impone la obligación de que los condenados asistan a talleres reeducativos con perspectiva de género y no violencia contra las mujeres o que presten algún tipo de servicio social al Estado.
Estas nuevas penas de prisión han suscitado las críticas de algunos diputados opositores y socios del Gobierno, al denunciar que los tiempos de condena actuales suponen una reducción en comparación con lo que estaban previstos anteriormente, que podían llegar hasta los diez años de cárcel.
Fuente: EFE/jcgm/Foto: X @Mx_Diputados @noroestemx
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