martes 4 febrero 2025 6:51 PM
Redactor : Alejandra López Lizalde
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha confirmado que, de acuerdo con el Artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), ciertos ingresos están exentos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en 2025.
Entre los ingresos que no pagan ISR se encuentran:
- Indemnizaciones por despido o jubilación – Exentas hasta un límite de 90 veces el salario mínimo por cada año trabajado.
- Herencias y legados – No pagan impuestos, siempre que se acredite su origen.
- Donaciones entre familiares directos – Sin impuestos entre cónyuges, padres e hijos; con límite para otros casos.
- Aguinaldo – Libre de ISR hasta 30 UMAs (3,439.46 pesos).
- Prestaciones de previsión social – Como vales de despensa o seguros médicos, dentro de los límites legales.
- Becas – Exentas si son proporcionales al nivel educativo y otorgadas por instituciones reconocidas.
- Premios científicos, artísticos o literarios – No pagan ISR si son abiertos al público o a un gremio.
- Venta de casa habitación – Libre de impuestos si la operación no excede 700,000 UDIs (aproximadamente 5 millones de pesos).
- Pensiones y jubilaciones – Exentas hasta 15 UMAs mensuales (51,591.9 pesos); el excedente sí tributa.
- Seguros de vida – No pagan ISR cuando el beneficiario recibe el pago por fallecimiento del asegurado.
Es recomendable que los beneficiarios conserven documentos que acrediten el origen de estos ingresos, ya que el SAT podría solicitar comprobaciones en caso de auditoría.
Fuente:Dinero en Imagen/DMA/Foto: Pexels
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